El Deber de Investigar, en la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Autores

  • Milton Feuillade

DOI:

https://doi.org/10.36751/rdh.v10i2.453

Palavras-chave:

Corte Interamericana de Direitos Humanos. Dever de Investigar. Jurisprudência.

Resumo

El deber de Investigar desde la jurisprudencia interamericana, lleva a afirmar que si bien la obligación de investigar ha sido incorporada dentro del Sistema Interamericano como una obligación de medio, a la hora de evaluar su cumplimiento la Corte Interamericana ha exigido a los Estados que dispongan todos los recursos que tengan a su alcance para asegurar una debida investigación de los hechos violatorios a los Derechos Humanos que ocurran dentro de su territorio y además que aseguren que la búsqueda de la verdad lleve a la efectiva reparación de las víctimas. La reparación, es una obligación de resultado, en la que la efectividad y seriedad de la investigación colabora. Sin embargo la investigación continúa siendo una obligación de medios. El deber de investigar, posee un aspecto procesal en su esencia, que desde todos los poderes del Estado, cruza los derechos sustanciales, estableciéndose cuando corresponde como reparación.

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Publicado

2010-12-27

Como Citar

Feuillade, M. (2010). El Deber de Investigar, en la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Revista Direitos Humanos Fundamentais, 10(2). https://doi.org/10.36751/rdh.v10i2.453

Edição

Seção

Doutrina Estrangeira